La fecha tope para que Urribarri rubrique el decreto convocando a elecciones provinciales en forma separada de las nacionales, vence el próximo miércoles 20 de octubre, según la estimación que realizó el secretario del Tribunal Electoral de Entre Ríos, Carlos Vela.
De ser así, los comicios para definir las autoridades provinciales y locales se concretarían, como marca la ley electoral provincial, el tercer domingo de marzo, es decir el 20.
Si el mandatario provincial deja pasar esa fecha, las elecciones en Entre Ríos deberán realizarse en conjunto con las nacionales, previstas para el 14 de octubre.
“Si la elección no fuera simultánea con la nacional, serían el tercer domingo de marzo, como dispone la legislación vigente (Ley Nº 2.988, del año 1934) y, en este caso, el Gobernador tendría plazo hasta el 20 de octubre para hacer la convocatoria correspondiente”, indicó Vela a comienzos de septiembre, en declaraciones al programa El Pulso (LT14).
Si para esa fecha no hay convocatoria, “se cae la posibilidad de que los comicios se realicen en marzo” y, en tal sentido, los comicios podrían hacerse “directamente en octubre, junto con los nacionales, o la Legislatura podría fijar una fecha”, agregó.
La única forma de que la Legislatura habilite una fecha distinta a la de marzo o octubre, es que el Senado, que fue la cámara que rechazó la iniciativa promovida por el peronismo federal para realizar los actos eleccionarios en simultáneo durante octubre, reconsidere su decisión e impulse un nuevo proyecto. Para esto necesitará, además, una votación especial de dos tercios, como indica el artículo 128º de la Constitución provincial, que reza: “Ningún proyecto de ley desechado totalmente por una de las cámaras podrá repetirse en las sesiones de aquel año, sino cuando vuelva a presentarse y fuera apoyado, por dos tercios de votos de los miembros presentes de la cámara que lo rechazó”.
• Tercer mandato
• Tercer mandato
Por otro lado, está pendiente de concreción la presentación judicial que 14 intendentes justicialistas, que están cumpliendo su segunda gestión comunal, realizarán para poner en jaque la prohibición constitucional para buscar una tercera.
La decisión se tomó en una reunión de la Liga de Intendentes realizada el 24 de septiembre en Nogoyá. Allí, se fijó el plazo de un mes, próximo a cumplirse, para interponer en juzgado de primera instancia la presentación.
“Estamos convencidos de que los constituyentes se han excedido en las atribuciones que tenían en relación a las autonomías municipales y de que les han quitado a nuestros pueblos la posibilidad de elegir su destino. Me parece que eso está claro”, sostuvo el intendente de Chajarí, Juan Javier García.
En concreto, está en tela de juicio la disposición transitoria establecida en el artículo 291, que fija: “Aquellos ciudadanos que a la fecha de la sanción de esta Constitución se encontraren desempeñando su segundo mandato consecutivo como presidentes municipales, sólo podrán en lo sucesivo ser electos en períodos alternados".
Esta preocupación, sin embargo, no alcanza a los intendentes del radicalismo que están en la misma situación. Ricardo Troncoso, jefe comunal de Maciá y presidente del Foro de Intendentes Radicales, dijo que la reelección de los intendentes de primera con dos mandatos cumplidos, “es un tema cerrado”. “No está permitido. Habría que modificar la Constitución porque no hay otro camino”, abundó.
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